El que se produzca por la ejecución de actividades diferentes para las que fue contratado el trabajador, tales como labores recreativas, deportivas o culturales, incluidas las previstas en el artículo 21 de la Ley 50 de 1990, así se produzcan durante la jornada gremial, a menos que actúe por https://intermediariosarlcolombia28494.blog5.net/76837667/detalles-ficción-y-intermediación-arl